FIESTAS Y MAYORES

En relación con el servicio de Fiestas:

  • Festejos populares.
  • Colaborar en la tramitación y gestión de festividades organizadas por comisiones o entidades privadas que puedan ser de relevancia para el interés general del municipio.

 

En relación con el servicio de Mayores:

  • Dirección, planificación y evaluación de los programas que tengan como objetivo incrementar el bienestar de las personas mayores y que amplíen la oferta de recursos para su cuidado.
  • Diseñar y proponer nuevos servicios y recursos para las personas mayores que permitan su permanencia en el contexto sociofamiliar, el mayor tiempo posible, en el que han desarrollado su vida.
  • Fomentar políticas de participación de los mayores en la vida comunitaria y dinamización del asociacionismo.
  • Promover la eliminación de barreras físicas, administrativas y sociales que dificulten el ejercicio de los derechos constitucionales de las personas mayores.

Contacto del área

Contacto del área de Fiestas

Teléfono: 922 768 242

Correo: culturayfiestas@ayuntamientodearico.com

Dirección: C/ Meleque 1

 

Contacto del área de Mayores

Teléfono: 922 768 242

Correo:

Dirección: C/ El Carmen nº 10

Área de fiestas: información general y documentación

Información y requisitos generales de las fiestas de los barrios y comisiones de fiestas del municipio:

NOTA: Inscripción de las Comisiones de Fiestas en el registro de entidades  ciudadanas del Gobierno de Canarias:  trámite voluntario. Corre a cargo de la  Comisión.

Toda la información en el siguiente enlace:

https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/3796

Normativa aplicable

– Ley 7/2011 de 5 de abril (B.O.P. nº 77 de fecha 15.4.2011) de actividades clasificadas y espectáculos públicos

– Decreto 86/2013, de 1 de agosto, en el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.

– Decreto 67/2015 de 30 de abril, potencia o refuerza los mecanismos  de control en los espectáculos públicos, exigiendo como requisito indispensable la presentación de un Plan de Seguridad.

Duración de las fiestas

– Cada barrio debe de programar sus fiestas en el fin de semana en torno a la festividad de su Santo o fechas tradicionales.

– La duración no podrá ser superior a una seman.

Colaboración por parte del  Ayuntamiento de Villa de Arico:

–  Gestión del montaje del escenario y  plan de seguridad correspondientes. (El plan de seguridad es un trámite a resolver entre varios organismos, tales como  Subdelegación del Gobierno y Dirección General de Seguridad y Emergencias. El plazo extremo que se otorga es de 10 días naturales antes del comienzo de los actos).

–  Mejoras y limpieza del entorno.

– Limpieza y recogida de basura.

– Suministro eléctrico para el escenario.

 Ventorrillos

– La conexión eléctrica de cualquier ventorrillo o similar, es un trámite totalmente independiente al Ayuntamiento de Arico. (Consultar con la Comisión de fiestas correspondiente).

– El Ayuntamiento  únicamente puede autorizar la apertura de un ventorrillo cuando está vinculada a una actividad festiva previamente autorizada por dicha entidad

– El horario autorizado del ventorrillo será siempre el de dicha actividad.

Bailes recaudatorios fuera de la fecha de la fiesta

– Son bailes recaudatorios aquellos bailes o actividades festivas que, con motivo recaudatorio,  se programen fuera de la fecha oficial de las fiestas.

– Los bailes recaudatorios serán costeados íntegramente por la Comisión de Fiestas correspondiente.

– La gestión y coste de todos los servicios necesarios para su desarrollo  (certificación escenario, servicios sanitarios (ambulancias, o de vigilancia, vigilantes de seguridad, plan de seguridad, sanitarios portátiles, recogida de basura, etc),  corren a cargo íntegramente de la Comisión de Fiestas Organizadora.

Actividades de carácter deportivo

Cualquier actividad deportiva a incluir en la Fiesta, debe ser comunicada al Área de Deportes de este Ayuntamiento.

Difusión del programa de fiestas en la web y redes oficiales de este Ayuntamiento

– En caso de estar interesados/as en la publicación de  las fiestas por parte del Ayuntamiento en su página oficial, la Comisión de Fiestas responsable debe enviar entregar en formato claro y legible la publicidad correspondiente a dichas fiestas.

– La Comisión de Fiestas responsable,  deberá respetar en todo caso, las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal o relativos a los/as integrantes de la publicidad de las Fiestas.

– No se admitirá aquella  publicidad engañosa, de terceros, ofensiva, sexista, o de cualquier otra índole que vulnere o contradiga los derechos y libertades de la población.

– El Ayuntamiento de Villa de Arico no se hace responsable de los cambios que den en la programación de las Fiestas organizadas por la Comisión correspondiente.

La Concejalía de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Villa de Arico pone a disposición de la ciudadanía los modelos de instancias, documentación, anexos y plantillas, necesarios, para la tramitación de las fiestas de los barrios.

1. Descargar o tramitar telemáticamente modelos de solicitud:

En los siguientes enlaces, encontrará toda la información necesaria para la tramitación de la solicitud. Para la tramitación telemática del procedimiento es necesario poseer certificado digital. Una vez dentro de la Sede Electrónica podrá solicitar los trámites así como recibir notificaciones por parte del Ayuntamiento y consultar el estado de tramitación de su expediente.

2.  Descargar documentos, anexos y plantillas:

3. Mapas por zonas: